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DOCTRINA - RECLAMACIÓN DE LEGALIDAD MUNICIPAL
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Valdés con Alcalde de Municipalidad de Concón;
b).- Tesis de la Tercera Sala, en sentencia de 18
de noviembre de 2013, Rol N° 377-2012, Ríos
Álvarez con Municipalidad de Viña del Mar. c).-
Tesis del voto de prevención y del voto de disi-
dencia. III.- Algunas reflexiones críticas sobre
las decisiones de la Corte Suprema. a).- Entre la
certeza jurídica y la justicia material. b).- La tute-
la judicial efectiva y el cómputo de los plazos
para recurrir. c).- Facilidades y dificultades en el
cómputo del plazo respecto de los terceros. IV.-
La presunción legalidad de los actos de la admi-
nistración, carga de la impugnación y plazo para
impugnar. V.- Una idea final acerca de la tutela
judicial efectiva y el precedente judicial.

I.- INTRODUCCIÓN.

Es una nota común en prácticamente todos los
ordenamientos del mundo abandonar la idea
del legislador racional, que todo lo regula, lo
prevé y soluciona. La coherencia sistemática de
las normas jurídicas, en un ordenamiento fron-
doso como el Administrativo, no es precisamen-
te una cualidad legislativa. Por ese motivo es
frecuente encontrar lagunas o espacios de dis-
crecionalidad en la interpretación jurídica, don-
de los textos legales no permiten arribar a una
única decisión.
Sin embargo, en todos los sistemas jurídicos ese
afán de racionalidad, que no tienen las normas,
corresponde formularlos a los Tribunales de
Justicia. Es a la jurisdicción a la que podemos
exigirle, al menos de un modo atenuado, una
racionalidad y coherencia en la interpretación
de los textos legales. Esto debiera permitir que
en los casos donde hay lagunas o espacios de
discrecionalidad jurídica, y los hechos someti-
dos al juicio del tribunal son los mismos, la solu-
ción jurisdiccional sea idéntica, siempre que
existan razones para aplicar la misma regla.
La Corte Suprema ha sostenido tesis jurídicas
opuestas en relación a desde cuándo debe con-
RECLAMACION DE LEGALIDAD
MUNICIPAL
¿Desde cuándo se computa el plazo para reclamar de la legalidad de los actos
municipales?. Tres tesis para un mismo problema en la
Jurisprudencia de la Corte Suprema
Por Iván Hunter Ampuero*
ABSTRACT
La hipótesis desarrollada en el presente artícu-
lo, es que la Corte Suprema en los casos que se
analizan ha efectuado una interpretación emi-
nentemente valorativa, situándose en posicio-
nes distintas cuando le corresponde aplicar
unos textos legales que dejan espacios para la
discrecionalidad judicial. Esas posiciones transi-
tan en los planos de la certeza jurídica y la justi-
cia para la concreción de la tutela judicial efecti-
va, aun cuando se pretende demostrar que no
es efectivo que mediante una decisión se alcan-
ce la certeza, así como que en ambos casos se
generan reglas susceptibles de ser replicadas
para casos futuros.

SUMARIO
I.- Introducción; II.- Acerca del plazo para inter-
poner el reclamo de ilegalidad del Art. 151
LOCM: Varias soluciones a un mismo problema.
a).- Tesis de la Tercera Sala, en sentencia de 2
de mayo de 2013, Rol N° 3918-2013, Ossandón